El Tribunal Ambiental de Santiago, por la unanimidad de sus integrantes, acogió la reclamación presentada por el Comité pro Defensa del Patrimonio Histórico y Cultural de Viña en contra del Comité de Ministros por la aprobación del Hotel Punta Piqueros, pues concluyó que no se consideraron debidamente las observaciones ciudadanas relacionadas con el impacto al valor paisajístico, las áreas protegidas, la flora y fauna, y los riesgos ante un tsunami.
La sentencia ordena “retrotraer el procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto Hotel Punta Piqueros hasta la dictación del ICSARA 2, donde se encuentran contenidas las observaciones ciudadanas de la reclamante, debiendo la Autoridad ambiental velar porque se lleven a cabo todas las acciones necesarias para asegurar su debida consideración, teniendo presente lo señalado en el artículo 29 inciso segundo de la Ley N° 19.300”.
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